Cpde. Expte. Nº 265-C-2022
Sesión Ordinaria Nº20/2022.-
V I S T O:
La conmemoración, a realizarse el próximo 28 de julio, del Día de la Concientización y Sensibilización sobre el Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), y;
C O N S I D E R A N D O:
Que en nuestro país se instituyó el día 28 de julio de cada año como el “Día Nacional de la Concientización, Sensibilización e Información sobre el Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) en el ámbito de la República Argentina, con el objeto de promover el conocimiento público sobre este trastorno;
Que el Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad o TDAH es un trastorno del neurodesarrollo que se manifiesta en la niñez, adolescencia y adultez, en diverso grado y formas, que se caracteriza por niveles de distracción de moderados a graves, breves períodos de atención, inquietud motora, inestabilidad emocional y conductas impulsivas;
Que todo ello conlleva todo tipo de dificultades para quienes lo padecen, implicando problemas en el desarrollo normal de sus actividades cotidianas y sus experiencias sociales;
Que se estima que esta condición afecta entre un 5% y 10% a lxs niñxs en edad escolar, y en la edad adulta afecta alrededor del 6% a nivel mundial, datos que dan cuenta de la relevancia de abordarla y diagnosticarla desde múltiples ámbitos: salud, educación e inclusión social;
Que entre los síntomas más frecuentes del TDAH encontramos la falta de atención, la hiperactividad e impulsividad, la alteración de tareas cognitivas como la memoria de trabajo, la inhibición emocional, motora y/o cognitiva, la atención selectiva y sostenida, la fluidez en el habla, entre otros;
Que la ausencia de diagnóstico precoz, y en consecuencia la imposibilidad de acceso a un correcto tratamiento, tienen consecuencias no deseables en las personas que viven con esta condición;
Que existen prejuicios y tabúes en torno al TDAH, lo cual supone la invisibilización del trastorno, y en este sentido es necesario generar acciones de concientización, sensibilización e información desde todos los espacios de la sociedad;
Que el Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad es una cuestión de salud pública y de expansión de derechos, todo lo cual redunda en la necesidad de concientizar y sensibilizar a la comunidad sobre sus implicancias y alcances;
Que el color naranja es el color de la lucha, visibilización y acompañamiento a pacientes y familiares, surge del rojo, que simboliza la calidez, el amor y el compromiso; y del amarillo, que expresa el intelecto, el cual permite acceder al conocimiento, organizarse, lograr objetivos y también la claridad de comunicación.
Que quienes conviven con TDAH merecen el apoyo institucional y público, y se deben promover todas las actividades que integren a las personas con TDAH y sus familias, intentando visibilizar y mejorar su calidad.
Que reconocer el día 28 de Julio como Día de la Concientización, Sensibilización e Información sobre el TDAH en la ciudad de San Luis, es apoyar a quienes viven con este Trastorno y, a su vez, da visibilidad a su realidad y las de sus familias.
Que el derecho a la salud, está garantizado expresamente por nuestra Constitución Nacional en virtud del artículo N° 75, inciso N°. 22. Así también nuestra Constitución Provincial regula en su artículo N°52, que los poderes públicos amparan a las personas con discapacidad física y sensorial para que accedan a los derechos que les corresponden como miembros plenos de la comunidad y; nuestra Carta Orgánica Municipal en su artículo N°8, inciso b) determina que el Municipio en coordinación con organismos nacionales y provinciales, deben promover acciones en apoyo especial a personas con discapacidad, menores y ancianos.
Por todo ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Art. 1º: INSTITÚYASE el día 28 de Julio como Día Municipal de la Concientización, Sensibilización e Información sobre el TDAH, Trastornos por Déficit de Atención con y sin Hiperactividad, en la ciudad de San Luis.
Art. 2º: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE y, OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS, 28 DE JULIO DE 2022.
ANA BEATRIZ PARENTE MARIA PAULINA CALDERÓN
Secretaria Legislativa Presidenta
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante