Cpde. Expte. Nº 450-P-2018.-
Sesión Ordinaria Nº 14/2019.-
V I S T O:
El pedido del Instituto Islas Malvinas, ubicada en calle Héroes de Malvinas N° 736 que ha manifestado la necesidad de la demarcación de la senda peatonal y la colocación de reductores de velocidad sobre el Boulevard Eusebio Costa, en todo su trayecto, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que motiva tal requerimiento el constante riesgo de siniestro vial que se suscita en la zona, debido al exceso de velocidad de automóviles que circulan en esa vía de tránsito y la presencia diaria de alumnos y asistentes de nuestra institución en el ingreso y egreso a la misma;
Que la Ciudad de San Luis a través de la Ordenanza N° 2739/98 adhirió a la Ley Nacional N° 24.449 y sus modificatorias por Leyes N° 25.965, 26.363, 27.788, referentes a cuestiones vinculadas a la seguridad vial;
Que este Cuerpo se encuentra facultado por disposiciones de la Carta Orgánica Municipal y por el Reglamento Interno, y que, en uso de sus atribuciones, cree necesario realizar acciones que procuren mejorar la circulación vehicular y sirvan para prevenir accidentes en nuestra Ciudad;
Que por razones de seguridad vial, principalmente los peatones que circulan por esa zona, ven amenazada su seguridad e integridad física, por el peligro que genera la velocidad con la que circulan los vehículos por dicha zona;
Que vecinos del barrio informan que los vehículos que circulan por dicho boulevard, han sido partícipes de algunos accidentes viales ocurridos en la zona, a causa de la velocidad excesiva con que circulan;
Que la colocación de reductores de velocidad sobre el boulevard Eusebio Costa, logrará que los conductores que circulan y transitan este tramo, lo hagan a una velocidad adecuada y moderada a toda hora, brindando así, seguridad tanto para peatones, como para conductores;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Ordénese al Poder Ejecutivo Municipal por el Área corresponda que corresponda, proceda a realizar la colocación de reductores de velocidad sobre la calle Héroes de Malvinas N ° 736.-
Art. 2°: Instálese señales que permitan a los conductores y peatones identificar los reductores de velocidad colocados.-
Art. 3°: Dicha colocación deberá concretarse en un plazo no mayor a UN (1) MES, a partir de la promulgación de la presente, e imputarse a la partida presupuestaria general correspondiente al período 2019 que a su efectos correspondieren.-
Art. 4°: Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 27 de JUNIO de 2019.-
CLAUDIA PATRICIA ROCHA ROCIO MARIA CELESTE APARICIO
Secretaria Legislativa Vicepresidente 2º a/c
Honorable Concejo Deliberante Presidencia
Honorable Concejo Deliberante