Cpde. Expte. Nº 205-C-07.-
Sesión Ordinaria Nº 36/07.-
V I S T O:
Que el recorrido de las calles Piedras Blancas; Raúl B. Diaz y Avda. Sarmiento se encuentra interrumpido en la zona noroeste de la Ciudad de San Luis, desde la calle María Mitchell de Ramirez hacia el Norte de esta ciudad, provocando una falta adecuada de comunicación de estas arterias con la calle Elpidio González y desde ésta hasta la Avda. Centenario, como asimismo, el congestionamiento innecesario de la calle Franco Pastore y del tránsito vehicular en general, y en especial ocasionando inconvenientes de tránsito a los vecinos de los Barrios aledaños, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que es de interés del poder Ejecutivo la adquisición de los inmuebles necesarios para la prolongación de las referidas calles según el Plano de Mensura adjunto;
Que los propietarios de los inmuebles que deben ser afectados parcialmente a tales fines, han ofrecido desde el año 2002 y hasta la fecha, donar las superficies necesarias para las aperturas y prolongaciones de las arterias pre individualizadas, manifestando su voluntad de arribar a un convenio con la Municipalidad, mediante eventuales compensaciones de deuda y/o eximiciones de tasas municipales, en un todo conforme a los montos resultantes de la tasación de la Dirección de Ingresos Públicos;
Que a los ofrecimientos de los terrenos necesarios para las referidas obras, los propietarios agregan la superficie necesaria para la apertura y/o prolongación de calle Elpidio González hasta la intersección con calle Franco Pastore, lo cual también resulta de interés del Poder Ejecutivo;
Que la Ley General de Expropiaciones declara de Utilidad Pública y sujetos a expropiación a “… los bienes inmuebles destinados al ejido de ciudades … calles … “(Art. 7º Ley V-128), previa determinación e individualización de los mismos en este caso, por Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante, según lo dispuesto en el Art. 9º II Párrafo de la citada Ley Provincial y, por otra parte, autoriza al poder Ejecutivo Municipal a tramitar la expropiación en sede administrativa facultándolo a efectuar compensaciones de deuda con el monto derivado de la tasación oficial;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1°: Declarar de Utilidad Publica las fracciones de terreno afectadas a la prolongación de calles Piedras Blancas; Raúl B. Diaz y Avda. Sarmiento desde la calle María Mitchel de Ramirez hasta la calle Elpidio González – tomado de Sur a Norte, cuyas superficies y datos catastrales se detallan a continuación:
Las superficies exactas de cada una de las arterias supra mencionadas, surgirán de la mensura definitiva que el P.E.M. hará practicar por intermedio de la sección que corresponda, y las mismas serán tomadas dentro de una superficie de mayor extensión correspondiente a las parcelas Nº 40, 41 y 45 de la Sección 7, Manzana 7, cuyos padrones son los Nº 45790-6; 45788-6 respectivamente, según plano Nº 1/1/93, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, al Tomo 75 de Capital , Folio 429 Nº 10796 el día 18-12-46 hoy de propiedad de los señores Mirta Angela Giunta y Domingo Giunta.-
Art. 2º: Autorízase al Poder Ejecutivo Municipal a conceder la exención y/o condonación por Tasas y Servicios Municipales hasta un término de diez (10) años al titular de los inmuebles afectados por la apertura de las calles mencionadas precedentemente y/o hasta que cese la titularidad por parte del actual propietario.-
Art. 3º: Por Escribanía Municipal cumpliméntense los trámites jurídicos administrativos respectivos.-
Art. 4º: Comuníquese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES. SAN LUIS, 22 DE NOVIEMBRE del AÑO 2007.-
SANTIAGO DANIEL ROVERA JORGE ALFREDO JOFRE
Secretario Legislativo Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante