Cpde. Expte. 178-C-2021
Sesión Ordinaria Nº37/2021
V I S T O:
La Ley Nacional 25.846 que instituye el día 31 de mayo de cada año como «Día Nacional del Ecoturismo”; el artículo 123° de la Carta Orgánica, que establece el Desarrollo Turístico, y:
C O N S I D E R A N D O:
Que el objetivo de la presente Ordenanza es instituir el día 31 de mayo de cada año como el “Día Municipal del Ecoturismo” en homenaje al nacimiento del perito Francisco P. Moreno, promotor de la red de Parques Nacionales de Argentina, la Ley Nacional 25.846 instituyó en diciembre de 2003, el 31 de mayo como el Día Nacional del Ecoturismo.
Que la Organización Mundial del Turismo (OMT) define al ecoturismo como “toda forma de turismo basado en la naturaleza, en la que la motivación principal de los turistas es la observación y apreciación de esa naturaleza y de las culturas tradicionales dominantes en las zonas naturales”. Este concepto implica el desarrollo de una experiencia de interpretación y aprendizaje sobre el medio natural y sociocultural, y se trabaja en la sensibilización de las poblaciones locales y de los turistas respecto a la conservación de las diversidades.
Que, conforme a la definición de la OMT, el término «ecoturismo» se aplica a toda forma de turismo que reúne las siguientes características:
- Gira en torno a la naturaleza y la principal motivación de los turistas es la observación y la apreciación del entorno natural, así como de las culturas tradicionales prevalecientes en las zonas naturales.
- Incluye aspectos pedagógicos y de interpretación de la naturaleza.
- Por lo general, aunque no siempre, la organización está a cargo de operadores turísticos especializados y se orienta a grupos reducidos. En los destinos, los proveedores de servicios asociados suelen ser empresas pequeñas de propiedad local.
- Minimiza los impactos negativos sobre el entorno natural y sociocultural.
- Contribuye al mantenimiento de las zonas naturales que constituyen el atractivo ecoturístico, ya que:
- Genera beneficios económicos para las comunidades receptoras, las organizaciones y las autoridades que gestionan las zonas naturales con fines de conservación;
- Ofrece a las comunidades locales oportunidades alternativas de empleo e ingresos;
- Potencia la sensibilización de las poblaciones locales y de los turistas respecto a la importancia de la conservación de los bienes naturales y culturales.
Que la Naciones Unidas, designa al ecoturismo como “Turismo Sostenible para el Desarrollo”, estas áreas de Parques destinadas a la conservación de la diversidad natural y cultural se potencian como espacios de educación ambiental y se integran a cada destino local con una particular fragilidad que hacen de ellos sitios muy sensibles.
Que la Organización Mundial del Turismo define turismo sostenible como:»El turismo que tiene plenamente en cuenta las repercusiones actuales y futuras, económicas, sociales y medioambientales para satisfacer las necesidades de los visitantes, de la industria, del entorno y de las comunidades anfitrionas».
Que el ecoturismo sigue los principios de sostenibilidad. El turismo sostenible o solidario está comprometido con el medio ambiente y la cultura autóctona, intentando producir el menor impacto posible sobre ellos, a la vez que contribuye a generar ingresos y/o empleo para la población local. Es una forma de viajar basada en el respeto de los viajeros hacia las personas y lugares que se visitan mediante un acercamiento más profundo a la realidad del lugar y un intercambio intercultural positivo entre ambas partes. Se pretende conseguir un impacto positivo tanto en las comunidades que se visitan como en el propio viajero.
Que, la Ciudad de San Luis, con su variedad de ecosistemas es un destino privilegiado y atrayente para visitantes de todo el país que buscan disfrutar de distintas actividades en la naturaleza; y en este contexto, se destaca el rol de los guías de turismo que aportan con su esfuerzo cotidiano a la sustentabilidad de la actividad, consolidándose como herramienta para conservar la biodiversidad de cada lugar y contribuye al desarrollo económico de la zona a través del alojamiento local y consumiendo productos autóctonos.
Que trabajar en la generación de nuevas experiencias de hacer turismo, repensándola elección del lugar turístico desde una cuestión cultural, estimulando la práctica de hacer turismo responsable, sostenible en torno a la naturaleza, recuperando esas experiencias que brinda el lugar por sí mismo, fomenta un crecimiento social, cultural y económico de la población local, con el objetivo de disfrutar, apreciar y estudiar los atractivos naturales, como el paisaje, la flora y fauna silvestre.
Que el ecoturismo se vincula con la experiencia de interpretación y aprendizaje del turista, ser un turista que elige realizar ecoturismo es ser un turista consciente y que disfruta del contacto con la naturaleza, la cultura y el medio ambiente, practicar el ecoturismo es ser un turista que “Tomas ó lo las fotos, dejas ó lo las huellas”.
Que el municipio tiene un papel determinante en el impulso de la inversión para el desarrollo turístico sostenible de sus destinos, e instituir el 31 de mayo de cada año como el Día Municipal del ecoturismo es el inicio de nuevos hábitos en protección de los lugares turísticos de la Ciudad de San Luis, siendo que la perspectiva ambientales transversal a las acciones de la comunidad y a las decisiones del municipio.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
PRIMERO: INSTITUYESE el día 31 de mayo de cada año como «Día Municipal del Ecoturismo».
SEGUNDO: ESTABLECER que el Poder Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría de Medio Ambiente o como se denomine en adelante y el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis realizarán jornadas y campañas de difusión, capacitación y concientizan en el Día Municipal del Ecoturismo.
TERCERO: De forma.
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 25 DE NOVIEMBRE DE 2021
ANA BEATRIZ PARENTE JAVIER ANTONIO SUÁREZ ORTIZ
Secretaria Legislativa Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante