Cpde. Expte. Nº 293-M-2021 Gloss.
Exptes. 344-M-2021 y 356-M-2021.-
Sesión Extraordinaria 16/12/2021 – Resolución N°389-PHCD-2021
VISTO:
El Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2022 elevado por el Poder Ejecutivo Municipal de la Ciudad de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del Art. 40° de la Carta Orgánica Municipal, se ha elevado en tiempo y forma el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2022;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS,
EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Art. 1º.- FIJAR en la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 29/100 ($ 4.998.688.984,29), el Presupuesto de la Administración Central Municipal para el Ejercicio 2022.-
Art. 2º.- FIJAR en la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 29/100 ($ 4.998.688.984,29), el total de las erogaciones del Presupuesto General de la Administración Central Municipal para el Ejercicio 2022 con destino a la clasificación económica que se indica a continuación y que se detalla en las planillas anexas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
EROGACIONES CORRIENTES | $ 4.140.532.621,20 |
EROGACIONES DE CAPITAL | $ 844.462.471,11 |
APLICACIONES FINANCIERAS | $ 13.693.891,98 |
TOTAL | $ 4.998.688.984,29 |
Art. 3º.- Estimar la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 29/100 ($ 4.998.688.984,29), el cálculo de recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el artículo precedente, de acuerdo con la distribución y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
RECURSOS CORRIENTES | $ 4.991.868.984,29 |
RECURSOS DE CAPITAL | $ 5.520.000,00 |
FUENTES FINANCIERAS | $ 1.300.000,00 |
TOTAL DE RECURSOS | $ 4.998.688.984,29 |
Art. 4º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estimar el siguiente:
RESULTADO | |
EROGACIONES (Art. 2°) | ($ 4.998.688.984,29) |
RECURSOS (Art. 3°) | $ 4.998.688.984,29 |
RESULTADO | EQUILIBRADO |
Art. 5º.- Fijar en Dos Mil Cuatrocientos (2.400) el total de los cargos de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, distribuidos de la siguiente manera:
– Un Mil Setecientos Veintiocho (1728) cargos de planta permanente del Poder Ejecutivo Municipal, Serba, Tribunal de Faltas, Tribunal de Cuentas, Honorable Concejo Deliberante.
– Ciento Cuarenta y Cinco (145) cargos de autoridades superiores y personal de gabinete para el Poder Ejecutivo Municipal,
– Veinticinco (25) cargos de autoridades superiores para el Honorable Concejo Deliberante,
– Seis (6) cargos de autoridades superiores para el Juzgado de Faltas Municipal,
– Cinco (5) cargos de autoridades superiores para el Tribunal de Cuentas Municipal, y
– Cuatrocientos Noventa y Un (491) cargos para la planta temporaria conforme a lo detallado en la planilla anexa denominada Planta de Cargos de la Administración Pública, la que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Art. 6º.- Fijar en las sumas que se indican, el Presupuesto de Erogaciones de los Entes Desconcentrados para el año 2022, estimándose los recursos destinados a financiarlos en las planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza:
CENTRO DE DISTRIBUCIÓN FINAL | $ 25.061.700,00 |
SUPERMERCADO MUNICIPAL | $ 4.000.000,00 |
Art. 7º.- Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a introducir modificaciones en el presupuesto de la administración municipal, en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos de recursos.-
Art. 8º.- Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a realizar las transferencias presupuestarias que fueren necesarias como consecuencia de cambios en la estructura orgánico funcional que se encuentre vigente, respetando la clasificación económica del gasto.-
Art. 9º.- El Poder Ejecutivo Municipal podrá disponer las reestructuraciones y/o modificaciones que considere necesarias, incluyendo cambio de jurisdicción, finalidad, como así también los Planes Analíticos de Obras y Servicios Públicos, siempre que las mismas no superen el 30% del total del presupuesto aprobado para el año 2022.-.
Art.10°.- Las erogaciones a atender con financiación y/o recursos afectados deberán ajustarse en cuanto a monto y oportunidad a los créditos asignados y a las cifras efectivamente percibidas.-
Art.11°.- Facultar al Poder Ejecutivo Municipal a colocar, transitoriamente, las disponibilidades del Tesoro Municipal, en operaciones bancarias remuneradas o en otras alternativas financieras de inversión.-
Art.12°.- Disponer que la Municipalidad de la Ciudad de San Luis en materia presupuestaria y contable se regirá por las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal, Ordenanza N° III-0768-2016 (3463/2016) y la Ley de Contabilidad y Administración Financiera de la Provincia de San Luis Nº VIII-0256-2004 (5492) y sus modificaciones y la Ordenanza N° II-0906-2019 (3601/2019).-
Art. 13°.- Registrar, comunicar al Poder Ejecutivo Municipal, publicar, archivar.-
ANA BEATRIZ PARENTE MARIA PAULA CALDERON
Secretaria Legislativa Presidenta
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante