Inicio 9 Ordenanza 9 IX-0620-2015 (1767/85) PROHIBE USO DE GRANULADO VOLCANICO
Fecha de sanción:1985-11-13

IX-0620-2015 (1767/85) PROHIBE USO DE GRANULADO VOLCANICO

ORDENANZA Nº 1.767/85.-

 

Expte. Nº 031-OP-84.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA:

Art. 1º.- PROHÍBESE el uso de “GRANULADO VOLCÁNICO”, como relleno o aislante térmico de techos y terrazas, o integrando morteros, en todas las obras públicas o privadas que se realicen en el éjido Municipal.-

Art. 2º.- Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas Provincial, dirección de Arquitectura, Dirección Provincial de Vialidad, Instituto Provincial de la Vivienda y Urbanismo, Servicio Eléctrico San Luis, Colegio de Arquitectura e Ingeniería de San Luis, Asociación de arquitectos de la Provincia, Dirección Nacional de Vialidad, y demás dependencias que correspondan.-

 Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, etc.-

 

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SAN LUIS,  NOVIEMBRE 13 DE 1985.-

 

Dra. BLANCA C. DE AGUNDEZ                    CESAR EDUARDO CADELAGO

Secretaria Legislativa                                      Presidente

 Honorable Concejo Deliberante                     Honorable Concejo Deliberante

 

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