EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: FACULTASE al Poder Ejecutivo Municipal, a diagramar a través del organismo que corresponda, la metodología a aplicar en la confección de los planos, cálculos de resistencia de materiales y demás operaciones técnicas necesarias, a los fines de cumplimentar los requisitos exigidos para la construcción de viviendas dentro del radio municipal de la capital, para todas aquellas que llenando los requisitos establecidos, así lo soliciten.-
(…)
Art. 7º: Comuníquese, publíquese, etc.-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-