EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: ACLÁRASE que en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1.575/84, última parte donde dice «….se hará constar en el plano de obra la divisibilidad…», corresponde: «…se hará constar en el plano de obra la indivisibilidad…».-
Art. 2º: Comuníquese, publíquese, etc..-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-