VISTO:
(…)
CONSIDERANDO:
(…)
POR TODO ELLO;
Y DE CONFORMIDAD A LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY Nº 3715/76 DEL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: Agréguese al art. 126 – Titutlo III – Disposiciones Complementarias del Código Urbanístico aprobado por ordenanza Nº 968/77 y modificada por ordenanza Nº 1240/81, el siguiente texto: …
(…)
Art. 4º: Comuníquese, notifíquese, dese al R.M. y ARCHÍVESE.-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-