VISTO:
(…)
CONSIDERANDO:
(…)
POR TODO ELLO;
Y DE CONFORMIDAD A LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY Nº 3715/76 DEL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: Declárese de especial interés municipal los trabajos de mejoramiento ambiental y de infraestructura urbana en sectores de la Ciudad de San Luís.-
(…)
Art. 9º: Comuníquese, Publíquese y oportunamente ARCHIVESE.-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-