VISTO:
Las Disposiciones del art. 2.1.2.6. de la Ordenanza Nº 276/71, de certificados de Obra; Art. 56, apartado a y b, de la Ordenanza Nº 823/76 y modificatoria Nº 838/76, de construcciones clandestinas; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer criterio detallado y preciso detallado y preciso para una correcta aplicación de los mismos;
POR ELLO Y EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY Nº 3715 DICTADA POR EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LUÍS, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE:
ORDENANZA:
Art. 1º: Apróbase la siguiente planilla de porcentuales de Obras realizadas que será de aplicación a las obras clandestinas y finales de obra de la siguiente forma:
(…)
Art. 4º: Comuníquese, Publíquese, Dese al R.M. y oportunamente ARCHIVESE.-
(Para ver el texto completo, ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).-