Cpde. Expte. Nº 57-M-2017. –
Sesión Ordinaria Nº 24/2017.-
V I S T O:
La Ley Nacional de Microcrédito N° 26.117,la Ley de Emergencia Social N° 27.345 y su Decreto Reglamentario N° 159/2017, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que en el marco de las políticas públicas que viene implementando el gobierno Municipal de San Luis, la promoción del trabajo en general y de la economía social y solidaria, en particular, conforman ejes de la gestión, para el logro de puestos de trabajo, mediante el acompañamiento y fortalecimiento de las iniciativas autogestivas que generan valor agregado para el conjunto de la sociedad ;
Que es necesario formular herramientas de promoción del trabajo y ponerlas a la disposición de los trabajadores, teniendo como objetivo conservar los niveles de actividad y ocupación en la Ciudad y en la provincia;
Que como medio para alentar las iniciativas laborales de quienes se encuentran desarrollando actividades en la informalidad, en casos de situación de vulnerabilidad social, se ha comprobado que el microcrédito es una herramienta adecuada para concretar la compra de materiales, insumos, herramientas o máquinas necesarias para que este colectivo pueda posicionarse mejor y ofrecer bienes y/o servicios de manera autónoma;
Que resulta necesario crear el PROGRAMA SAN LUIS TE INCLUYE, que tendrá por objeto atender las iniciativas de los actores de la economía social, canalizando las necesidades de financiamiento de sus emprendimientos, como así también la capacitación de los mismos;
Que asimismo, se encuentra vigente la Ley Nacional de Microcrédito N° 26.117 y recientemente el Gobierno Nacional ha impulsado la Ley de Emergencia Social N° 27.345 y su Decreto Reglamentario N° 159/2017;
Que el Municipio entiende da necesidad de acompañar las iniciativas del colectivo de emprendedores, posibilitando el acceso al crédito con una baja tasa de interés, con la presentación de una garantía solidaria, promoviendo a su vez, la concurrencia y el compromiso de los distintos actores provinciales y nacionales para el acceso al sistema previsional argentino y a la cobertura de salud de los emprendedores;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
Art. 1º: CRÉASE el Programa de Economía Social, SAN LUIS TE INCLUYE, cuyo objeto se establece en los considerandos.-
Art.2º: CONFÓRMESE el FONDO ROTATORIO MUNICIPAL, para la implementación del Programa SAN LUIS TE INCLUYE, para financiar proyectos para la producción de bienes y/o servicios y de comercialización de la economía social –
Art. 3º: AUTORIZASE al Ejecutivo Municipal a realizar las ampliaciones y/o adecuaciones necesarias que correspondan, para la constitución del ‘Fondo ‘Rotatorio Municipal que será de la suma de hasta, cinco millones de pesos ($ 5.000.000), de/presupuesto municipal.-
Art. 4º: La reglamentación de la presente Ordenanza será formulada por el Poder Ejecutivo Municipal, en la cual se establecerán los requisitos, alcances, modalidades y seguimiento del Programa.-
Art. 5º: Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 24 de AGOSTO de 2017.-
IGNACIO CAMPOS |
LUIS A. MACAGNO FERNANDEZ |
Secretario Legislativo |
Presidente |
Honorable Concejo Deliberante |
Honorable Concejo Deliberante |