Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA Nº III-0761-2016 (3456/2016).-
Fecha de sanción:2016-11-24

ORDENANZA Nº III-0761-2016 (3456/2016).-

Cpde. Expte. Nº 243-M-2016. –
Sesión Ordinaria Nº 36/2016.-

 

V I S T O:

El Expediente Nº 243-M-2016, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que por nota de fecha 11 de Noviembre de 2016, que originó el presente expediente, el Poder Ejecutivo Municipal solicita autorización para contraer deuda a los efectos de abonar el precio de ocho (8) nuevas unidades de colectivos de transporte urbano de pasajeros, por medio de la entrega de títulos de valores- cheques de pagos diferidos- por un plazo de veinticuatro (24) meses;

Que el Poder Ejecutivo Municipal fundamenta la necesidad de la adquisición de nuevas unidades argumentando que resulta imperioso llevar a cabo la ampliación de la flota de unidades de transporte de la empresa TRANSPUNTANO S.A.P.E.M., fundada en la ampliación demográfica de la ciudad y la necesidad de alcanzar la adecuada y efectiva prestación del servicio público de transporte urbano de pasajeros;

Que las nuevas unidades que se prevé adquirir son ocho (8) colectivos aptos para la prestación urbana del transporte de pasajeros;

Que el Art. 45º de la Carta Orgánica Municipal establece que “no podrá autorizarse empréstito alguno sobre el crédito general de la Municipalidad, ni emisión de títulos públicos sino por ordenanza sancionada con el voto de los dos tercios (2/3) de la totalidad de los miembros del Concejo Deliberante”;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A

Art. 1°: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a emitir Cheques de Pago Diferido por monto unitario, cruzados, por plazo de hasta veinticuatro (24) meses y en cantidad necesaria a contar desde la suscripción del contrato, para cancelar el precio total de compra financiado resultante de la adjudicación de la Licitación Pública con motivo de la compra de los bienes automotores señalados como ocho (8) colectivos aptos para el transporte urbano de pasajeros y a transferir su titularidad a TRANSPUNTANO S.A.P.E.M..-

Art. 2º: Una vez celebrado el contrato para la adquisición de las unidades deberá el Poder Ejecutivo Municipal informar a este Honorable Concejo Deliberante remitiendo una copia del mismo y de los cheques emitidos para solventar la operación.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese, archívese, etc..-

 

SALA DE SESIONES, SAN LUIS 24 de NOVIEMBRE de 2016.-