ORDENANZA Nº 1.757/85
EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Art. 1º: EXÍMASE de los impuestos, Tasa y derechos Municipales que graven la actividad de las instituciones benéficas legalmente constituidas en la Ciudad de San Luís, en el accionar de sus funciones específicas.-
Art 2º: Exceptúase de los beneficios dispuestos por el art. 1º, las personas que desempeñen las funciones de : /Intendente Municipal, Concejales, Secretarios y Sub Secretarios y Asesor Letrado Municipal.-
Art. 3º: Comuníquese, Publíquese, etc.-
(Ver archivo adjunto – Descargar Ordenanza).