ORDENANZA Nº 430/1937.-
SAN LUÍS, 25 de Junio de 1937.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE:
Art. 1º.- Exímese, con carácter permanente, del impuesto que fija la Lección CI, art. 98º, apart. e) de la ordenanza Nº 344, a los cadáveres del personal de Ejército, que sean introducidos o trasladados en este municipio.-
Art. 2º.- Comuníquese, etc. –
Sancionada: 25/06/1937.-