Cpde. Expte. Nº 08-C-2016. –
Sesión Extraordinaria – Resolución Nº 107-PHCD-2017
V I S T O:
La necesidad de una mayor vinculación entre las Instituciones Políticas y Legislativas de la Ciudad permitiendo elevar la calidad del sistema democrático, el interés y participación ciudadana en la cosa pública, y;
C O N S I D E R A N D O:
Lo establecido en por el segundo párrafo del Artículo 10º del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis y que es necesario dotar de instrumentos legislativos validos para que la ciudadanía toda de forma personal ó a través de organizaciones intermedias, presente sus inquietudes y reclamos verbales y/o en forma de proyectos, siendo un actor valido y no un mero observador de las acciones de gobierno municipales;
Que es necesario hacer conocer y difundir a la ciudadanía de las tareas y funciones que realiza el Honorable Concejo Deliberante;
Que el objetivo del Proyecto es propiciar una mayor vinculación y proximidad entre los representantes del pueblo de la Ciudad y los vecinos mediante el cual en las mismas sesiones se establecerán tratamiento ó resolución a temas específicos, que afecten en particular a cada uno de los barrio/s en los que sesione el Concejo;
Que en general los vecinos de nuestra Ciudad desconocen quienes son sus representantes, ni como se encuentra conformado este Cuerpo Deliberativo, ni cuales son las funciones y tareas legislativas;
Que continúa existiendo en la actualidad un gran distanciamiento entre el quehacer político y los ciudadanos; y es necesario establecer todos los canales posibles de comunicación, participación y compromiso mutuo;
Que es necesario llevar a un mayor compromiso de los ciudadanos a la cosa pública e incentivar a la participación y vinculación con las Instituciones Republicanas;
Que el Honorable Concejo Deliberante de esta Ciudad como Órgano Legislativo local es el peldaño democrático y republicano mas cercano de los ciudadanos, en donde tenemos la obligación de difundir las funciones y tareas de las Instituciones Republicanas y hacerlas mas cercanas a los ciudadanos.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art.1°: Créase el programa denominado «EL CONCEJO EN LOS BARRIOS» en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis, el que se regirá conforme a las condiciones y características que se detallan en la presente Ordenanza.
Art.2º: Dicho programa tiene como objetivo general propiciar una mayor vinculación y proximidad entre el cuerpo legislativo y los vecinos, para el tratamiento de temas específicos que afecten en particular a cada uno de los Barrios.
Art. 3º: Las reuniones serán abiertas y convocadas, preferentemente, a través de los vecinos; Comisiones Vecinales, Clubes, Iglesias y Organizaciones no Gubernamentales desarrollándose en algún establecimiento comunitario con amplia capacidad.
Art. 4º: El Presidente del Concejo Deliberante, será el encargado de convocar a las diferentes agrupaciones que funcionen en el barrio y a todos los vecinos en general, para asistir a las reuniones, conforme cronograma que se elabore a sus efectos.
Art. 5º: La misma será instrumentada mediante la realización de reuniones en los distintos sectores de la Ciudad de San Luis, en los que se invitarán a los vecinos del mismo y concurrirán juntos con los Concejales de este Cuerpo, a realizar una sesión especial.
Art. 6º: Se llevarán a cabo cuatro (4) sesiones al año, en el marco del programa El Concejo en los Barrios, dos (2) durante los meses de Marzo a Junio y dos (2) durante los meses de Agosto a Noviembre, las mismas se realizarán por cada Consejo vecinal en orden cronológico del 1 al 8 cubriendo los cuatro puntos cardinales de la Ciudad. No se podrá repetir una sesión en un consejo vecinal hasta tanto no se hayan completado todos los consejos.
Art. 7º: El procedimiento se iniciará a instancias de algún/nos vecino/s y/o entidades representativas y/o a través de un Concejal, quienes propondrán el Barrio en donde se llevara la sesión especial denominada «EL CONCEJO EN LOS BARRIOS».
La presentación de la propuesta ó proyecto podrá ser realizada de manera verbal en el recinto del Concejo Deliberante los días jueves luego de terminada la sesión ordinaria ó por escrito mediante la presentación del proyecto por Mesa de entrada del Honorable Concejo Deliberante. En dicha propuesta se indicaran lo proyectos o problemas a tratar, relacionados con el Barrio en donde se llevara a cabo la sesión especial.
Art. 8º: El Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis, resolverá la celebración de una Sesión Especial en los Barrios mediante la aprobación de una Resolución de convocatoria para dar tratamiento a los expedientes especificados en dicha convocatoria y los que correspondan por la presentación de los proyectos presentados por Concejales, aunque no estén relacionados con el/los Barrio/s en donde se realiza la sesión especial.
Art. 9º: La Sesión Especial referida precedentemente deberá realizarse dentro de los (30) treinta días corridos posteriores a la sanción de la Resolución del H. Cuerpo. El Presidente del H.C.D. dispondrá la fecha, el horario y el lugar de realización de la misma.
Art. 10º: El presidente publicitará la convocatoria con una antelación no menor a diez (10) días corridos respecto de la fecha fijada para su realización en, por lo menos:
a) Dos (2) periódicos locales.
b) Medios de comunicación radiales.
c) Cartelera Pública en el H.C.D.
d) Comunicación a las entidades intermedias y establecimientos educativos del Barrio.
Art. 11º: En cuanto al desarrollo de la sesión, serán de aplicación las disposiciones del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis.
Art. 12º: Comuníquese, publíquese, archívese, etc..-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 19 de DICIEMBRE de 2017.-
GRACIELA CUSSATTI ROBERTO C. GONZALEZ ESPINDOLA
Secretaria Administrativa a/c Presidente
Secretaría Legislativa Honorable Concejo Deliberante
Honorable Concejo Deliberante