O R D E N A N Z A
Art. 1º: Suspender la vigencia del Artículo 5º de la Ordenanza Nº 3.391-HCD-2015 por el plazo de noventa (90) días, conforme a los expuesto en los considerandos.-
Art. 2º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo Municipal.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 23 de ABRIL de 2015.-