Cpde. Expte. Nº 22-C-2015. –
Sesión Ordinaria Nº 05/2015.-
V I S T O:
La Ordenanza Nº 3360-HCD-2014 de Revisión – Digesto de Ordenanzas vigentes de la Ciudad de San Luis, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que durante el análisis de la legislación municipal, se han identificado todas las ordenanzas vigentes que deben ser ratificadas expresamente, re enumeradas y agrupadas temáticamente, conforme lo establece el Art. 2º de la Ordenanza Nº 3360-HCD-2014;
Que como consecuencia de ello, y en virtud de una buena técnica legislativa, se propone que las ordenanzas cuya vigencia aquí se ratifica, se ordenen en 11 temas y se re enumeren, manteniendo entre paréntesis el número de la ordenanza original;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1º: Ratificar expresamente conforme lo establece el Art. 2º de la Ordenanza Nº 3.360-HCD-2014, las Ordenanzas que se identifican en Anexo 1.-
Art. 2º: Disponer que la totalidad de las ordenanzas vigentes, al momento de la vigencia de la presente, se clasificarán temáticamente y re enumerarán correlativamente bajo las siguientes pautas:
– Un número romano que se refiere al tema principal.-
– Un número arábigo de 4 cifras que será correlativo iniciándose con el número 0001;
– Un número arábigo de 4 cifras correspondiente al año de sanción.-
– Entre paréntesis, el número vigente anterior a la sanción de la presente.-
– Cada uno de ellos, separados por un guión.-
Art. 3º: Aprobar la re enumeración de la totalidad de las ordenanzas vigentes ratificadas al día de la fecha, conforme las pautas establecidas en el artículo anterior, tal como se establece en el Anexo 2.-
Art. 4º: En los casos de ordenanzas anuales como presupuesto, tarifaria – impositiva y cualquier otra que se reitere anualmente, deberá mantener la misma numeración romana y arábiga, diferenciándose solo por el año de sanción.-
Art. 5º: Disponer que las únicas ordenanzas vigentes al día de vigencia de la presente son las enumeradas en el Art. 3º de esta norma, las que deberán estar publicadas dentro del plazo de noventa días en un digesto digital y/o página Web del Honorable Concejo Deliberante y del Municipio de la Ciudad de San Luis.-
Art. 6º: La presente Ordenanza, una vez promulgada, también será re enumerada y ordenada conforme lo establecido precedentemente.-
Art. 7º: Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 26 de MARZO de 2015.-