Cpde. Expte. Nº 250-M-2008.-
Sesión Ordinaria Nº 29/08.-
V I S T O:
La Ley Provincial Nº I-0011-2004 “Personas con Capacidades Diferentes” y la necesidad de bregar por condiciones que permitan su plena inclusión, aportando y legislando con el fin de atenuar las dificultades surgidas de su condición, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que la democratización supone que todos los ciudadanos accedan a disfrutar de una vida plena y a participar del desarrollo económico, social y cultural de su comunidad mediante estrategias que promuevan la cantidad y calidad de oportunidades;
Que existen numerosas leyes de reglamentaciones en el ámbito nacional y provincial que reconocen los derechos de las personas con capacidades diferentes;
Que la Carta Orgánica de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, en su art. 19º determina la obligación de arbitrar los medios necesarios a fin de facilitar la inserción comunitaria de los discapacitados;
Que el Art. 40º de la Ley Provincial I-0011-2004 invita a las Municipalidades a dictar normas que se adecuen a los propósitos y finalidades que conforman la misma;
Que la coordinación interinstitucional garantiza la articulación de los recursos disponibles en procesos integrales y coherentes, en el abordaje de los problemas derivados de la discapacidad;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1º: Adherir en todos sus términos a la Ley Provincial Nº I-0011-2004 “Personas con Capacidades Diferentes”.-
Art. 2º: Derogar toda disposición que se oponga a la presente.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese, archívese, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 16 DE OCTUBRE DE 2008.-
SONIA EDITH FLORES EDUARDO JORGE GOMINA
Secretaria Legislativa Vice- Presidente 1º a/c
Honorable Concejo Deliberante Presidencia
Honorable Concejo Deliberante