Art 1°: El Departamento Ejecutivo Municipal, propiciara la formación de un Programa de Participación Juvenil, por intermedio de la Dirección de la Juventud de la Municipalidad de la ciudad de San Luis.
Fecha de sanción:
Art 1°: El Departamento Ejecutivo Municipal, propiciara la formación de un Programa de Participación Juvenil, por intermedio de la Dirección de la Juventud de la Municipalidad de la ciudad de San Luis.