Créase en el ámbito del Concejo Deliberante, una ASESORIA JURIDICA,
aprobándose la designación de un Abogado de probada solvencia como titular de
la misma .-
Art. 2°: La designación de dicho profesional, se hará mediante una selección surgida de
una terna, que será peticionada ante la entidad gremial que nuclea a los mismos,
en esta Ciudad Capital .-
Art. 3°: Durante los tres (3) primeros meses de desempeño , el titular de la Asesoría
percibirá una asignación mensual equivalente hasta el cuarenta por ciento (40%),
de la dieta de un Concejal .-
Cumplido dicho término, por medio de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, y
conforme despacho que produzca su par de Legislación e Interpretación, referido
al desempeño del profesional contratado, de carácter definitivo a tal
remuneración o se aconsejarán las variantes que estime conveniente .-
Art. 4°: La Comisión de legislación e Interpretación, conjuntamente con el profesional
contratado, propondrá al Honorable Concejo Deliberante, la reglamentación y
funciones a que se someterá la Asesoría Jurídica, incluyendo expresamente una
cláusula que asegure una permanente actitud imparcial a su titular .-
Art. 5°: Se dispone la afectación del Presupuesto prorrogado para el cumplimiento de lo
determinado en la presente Ordenanza