Cpde.Expte. No 367-C-95.-
V I S T O :
Que se propicia establecer para el “Día del Trabajador Municipal” una compensación pecuniaria, equivalente a un haber mensual correspondiente a la Categoría 10o del Escalafón del Empleado Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, son loables las inquietudes de justicia y equidad, que animan al proyecto;
POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A :
Art. 1o- INCORPORASE como incisos d) y e) Art. 2o de la Ordenanza No 2.558/94, los
siguientes
:
d) Licencia por Duelo, frente al fallecimiento de familia directo.-
e) Inasistencia por accidente de trabajo.-
Art.2a.- Comuníquese, Publíquese, etc..-
SALA DE SESIONES, SAN LUIS, Septiembre 21 de 1995.-
ROSALIDA LUCERO DE GARCÉS HILDA OJEDA DE GARAY
Presidente Secretaria Legislativa
Honorable C. Deliberante Honorable C. Deliberante