El veto parcial dictado por el poder Ejecutivo Municipal, a la Ordenanza N° 2558/
94 Art. 1° mediante el Decreto N° 591-SG-94,, y
CONSIDERANDO:
El dictamen que sobre el tema en cuestión emitiera la Comisión de
Legislación e Interpretación, que este cuerpo Legislativo hace suyo;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE
SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTYADES , SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A :
Art1° ACEPTESE el VETO PARCIAL dictado por el poder ejecutivo Municipal, fijado por
la Ordenanza N° 2558/ 94, se otorgara una compensación equivalente a un haber
mensual correspondiente a la categoría 10° del Escalafón Municipal, con carácter
NO REMUNERATIVO Y NO BONIFICABLE, a los empleados municipales de
Planta Permanente que hayan observado ASISTENSIA PERFECTA, durante los
doce ( 12) meses inmediatos anteriores al día 8 de Noviembre de cada año