IMPLEMÉNTASE, en el ámbito de la Intendencia Municipal de la Ciudad de San Luis, a partir del 1º de Enero de 1989, la “Promoción Automática”, hasta la Categoría 20 inclusive, para todo el Personal de Planta Permanente, conforme a la antigüedad que acredite cada agente, de los servicios efectivamente prestados en la Comuna.- Art. 2º.- Dicha promoción se realizará de acuerdo a las pautas y metodologías que se detallan a continuación: a) Desde la Categoría 07 a la Categoría 10 se computará una (1) Categoría por cada año de servicio, o sea que para revistar en Categoría 10, el agente debe acreditar una antigüedad en la Comuna de tres (3) años de servicios.- b) Desde la Categoría 10 a la Categoría 20 se promocionará una (1) Categoría por cada dos (2) años de servicios, debiendo tenerse en cuenta para el cómputo general lo dispuesto en el Inciso anterior.- c) Para acceder a las Categorías 21, 22, 23 y 24, se realizará únicamente por el correspondiente “Llamado a Concurso de Antecedentes y/o Oposición”, a solicitud de la Junta de Calificaciones y/o Autoridad Competente; en el momento de producirse la vacante; o cuando el Departamento Ejecutivo Municipal lo considere oportuno.- Art. 3º.- ESTABLÉCESE que, a los efectos de determinar la antigüedad total de cada agente, se computarán los años de servicios efectivamente prestados en la Comuna Capitalina, no debiendo sumarse los períodos en que el agente se encuentre en uso de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes.- Art. 4º.- Dirección de Personal informará a la Dirección General de Informática la fecha inicial de cada agente, a fin de que las promociones se efectivicen en forma automática, debiendo comunicar toda novedad en el momento de producirse
Fecha de sanción: