AGRÉGASE al Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1.690/85, como párrafo 3º, el
siguiente texto: “El Departamento Ejecutivo Municipal, no podrá imponer una
sanción mayor a la que determine en su dictamen la Junta de Disciplina
Fecha de sanción:
AGRÉGASE al Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1.690/85, como párrafo 3º, el
siguiente texto: “El Departamento Ejecutivo Municipal, no podrá imponer una
sanción mayor a la que determine en su dictamen la Junta de Disciplina