Inicio 9 Ordenanza 9 I-0031-2015-(1745/85)
Fecha de sanción:

I-0031-2015-(1745/85)

AGRÉGASE al Artículo 6º de la Ordenanza Nº 1.690/85, como párrafo 3º, el
siguiente texto: “El Departamento Ejecutivo Municipal, no podrá imponer una
sanción mayor a la que determine en su dictamen la Junta de Disciplina

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