EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Art 1°: Aclárase que la expresión «Sin cargo alguno «, del Inciso B) del Art. 1º de la Ordenanza Nº1.567/84, significa que «tiene como alcance significar que la entrega de las herramientas o instrumentos de medición, útiles y elementos necesarios para desempeñar sus respectivas tareas», será sin el cobro de su valor, pero con el cargo de responsabilidad por la guarda y mantenimiento de los mismos.-
Art. 2°: Comuníquese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SAN LUIS, 21 DE SEPTIEMBRE DE 1984