Inicio 9 Ordenanza 9 I-0021-2015-(1514/84) – FIJA MONTO ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD
Fecha de sanción:1984-04-03

I-0021-2015-(1514/84) – FIJA MONTO ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

Art 1°: A partir del 1º de Enero de cada año, el personal Municipal percibirá en concepto de adicional por antigüedad , por cada año de servicio o fracción mayor de seis (6) meses que registre al 31 de Diciembre inmediato anterior, la suma equivalente al seis por mil (6%) de la remuneración total excluido bonificaciones y suplementos, más una suma fija . Para la determinación de la suma fija se aplicará a la asignación de la categoría 1, de las escalas en vigencia, los siguientes coeficientes:

HORAS                              SEMANALES                          AÑOS
30 ó más

0,0112                             0,0074         0,0089                  1 a 10

0,0093                             0,0062         0,0074                11 a 20

0,0074                             0,0049         0,0060                más de 20

La determinación de la antigüedad total de cada agente se hará sobre la base de los servicios no simultáneos en forma interrumpida o alternada en organismos Nacionales, Provinciales o Municipales . No se computará los años de antigüedad que devengan un beneficio de pasividad.-

Art 2°: Lo dispuesto en el Art. 1º referente a la determinación de los años de servicios, será de aplicación a partir del 1º de Enero de 1984.-

Art 3°: La imputación de las presentes erogaciones, se hará a las partidas correspondientes al presupuesto vigente prorrogado.-

Art 4°: Todo el personal dependiente de la Intendencia Municipal de la Ciudad de San Luis, continuará percibiendo las remuneraciones fijadas por la Administración pública Provincial.-

Art.5°: Comuníquese, publíquese, etc.-

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SAN LUIS, ABRIL 3 DE 1984

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