Cpde. Expte. N° 307-M-2021
Sesión Extraordinaria 27/12/2021- Resolución N°393-PHCD-2021
V I S T O:
El Decreto N°8155-JGM-2021 del Gobierno de la Provincia de San Luis y la Ordenanza N°III- 0989-2021, y;
C O N S I D E R A N D O:
Que la pandemia mundial por la trasmisión del virus COVID-2019, trajo aparejados enormes y significativos perjuicios en la economía, agravando aún más la crisis económica, financiera y social que atravesaba al país, por lo que el Gobierno Provincial convocó recientemente al Consejo Económico y Social a fin de diseñar herramientas aptas para la reactivación económica local.
Que,como consecuencia de dichas reuniones, de las que participó el Poder Ejecutivo Municipal, se dictó el Decreto N°5963- JGM-2021, de fecha 12 de octubre de 2021, en el cual el Gobierno de la Provincia de San Luis, dispuso la creación del Plan de Asistencia al Desempleo, otorgamiento de ayudas extraordinarias a trabajadores que lo soliciten, implementación de líneas de Créditos, otorgamiento de bonos y la creación del Programa Amas de Casa.
Que, en el Art. 6° del Decreto N°5963-JGM-2021, se implementa la línea de créditos para agentes estatales, invitando a todos los Municipios de la Provincia a adherirse a las disposiciones del Artículo mencionado e implementarlas en sus respectivos ámbitos.
Que dichas disposiciones fueron adoptadas por este cuerpo legislativo en la sanción de la Ordenanza N°III- 0989-2021 y que posteriormente, con fecha 20 de diciembre fueron ampliadas las posibilidades de acceso al crédito por parte del Poder Ejecutivo de la provincia mediante el Decreto N°8155-JGM-2021, procurando alcanzar a los agentes de la administración, empresas del Estado y otros poderes estatales que no habían sido originariamente alcanzados.
Que,es intención del Poder Ejecutivo Municipal adherirse a las disposiciones establecidas en los Decretos N°8155-JGM-2021 y N°5963-JGM-2021, permitiendo que de ese modo todas y todos los agentes municipales, pertenecientes al Poder Ejecutivo Municipal, Honorable Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas y Juzgado de Faltas, Empresas del Estado o con participación estatal mayoritaria; que no fueron alcanzados por lasdisposiciones de la Ordenanza N°III- 0989-2021, puedan acceder a dicho beneficio.
Que,por ese motivo, se convocó a sesiones extraordinarias a este Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Luis.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE LA CIUDAD DE SAN LUIS,
EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
PRIMERO:Adherir a las disposiciones establecidas en el Decreto N°8155- JGM-2021, de fecha 20 de diciembre de 2021, dictado por el Gobierno de la Provincia de San Luis, respecto la implementación de la línea de créditos para los agentes municipales pertenecientes al Poder Ejecutivo Municipal, Honorable Concejo Deliberante, Tribunal de Cuentas y Juzgado de Faltas, empresas del Estado o con participación estatal mayoritaria, que no fueron alcanzados por la Ordenanza N°III- 0989-2021.
SEGUNDO: Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a garantizar el monto no abonado por los agentes que soliciten el crédito en los términos que establece el Decreto N°8155-JGM-2021 de fecha 20 de diciembre de 2021.
TERCERO:Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a coordinar con el Gobierno Provincial, los mecanismos necesarios para disponer del capital prestable con destino a la línea de crédito a la que refiere el Decreto N°8155-JGM-2021, de fecha 20 de diciembre de 2021.
CUARTO:Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a percibir los montos correspondientes a las cuotas de los créditos otorgados a los agentes municipales, debiendo transferir y/o depositar las sumas que se tratan en la cuenta bancaria perteneciente al Gobierno de la Provincia de San Luis.
QUINTO:Disponer que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
SEXTO:Comuníquese, publíquese y archívese.
SALA DE SESIONES, SAN LUIS 27 DE DICIEMBRE DE 2021
ANA BEATRIZ PARENTE MARIA PAULA CALDERON
Secretaria Legislativa Presidenta
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante