Art. 1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a hacer identificar todos los
vehículos automotores y maquinarias de propiedad Municipal con la siguiente
leyenda :
– MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN LUIS Nº …………
Art. 2º- En caso de tratarse de vehículos automotores la inscripción deberá realizarse
sobre ambas puertas .-
Art. 3º.- Las letras de la inscripción mencionada en el Art. 1º deberán ser de un altura de
0,10 centímetros y la numeración será la que le correspondiere al vehículo
automotor y/o maquinaria conforme su inscripción en el registro patrimonial