Inicio 9 Ordenanza 9 ORDENANZA Nº VI-0454-2015 (2929/2003)
Fecha de sanción:

ORDENANZA Nº VI-0454-2015 (2929/2003)

Cpde. Expte. Nº 34-C-03.-
Sesión Ordinaria Nº 11/03.-

V I S T O:

  Que con frecuencia la Municipalidad produce decomisos de mercaderías y sustancias alimenticias;

  Que dichos productos necesariamente, deben almacenarse a resguardo de los  distintos factores climatológicos;

Que además, las sustancias alimenticias, deben permanecer en Cámaras Frigoríficas, hasta tanto se proceda al análisis bromatológico correspondiente, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que la Dirección de Bromatología no cuenta con las instalaciones necesarias para la prestación de las funciones señaladas;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE:
         
O  R  D  E  N  A  N  Z  A

Art. 1°: Destínese el espacio físico para la instalación de la CAMARA FRIGORIFICA MUNICIPAL, que cumplirá funciones en el ámbito comunal.-

Art. 2°: Destínese el espacio físico para la instalación de un GALPON MUNICIPAL, donde se almacenará a resguardo de las inclemencias del tiempo, toda la mercadería y demás elementos, que sean producto del «decomiso municipal», hasta que se disponga otro destino, luego de haberse practicado, los análisis correspondientes.-

Art. 3°: Los gastos que demanden las citadas inversiones, serán imputadas a las partidas del presupuesto vigente prorrogado.-

Art.4º: Comuníquese , publíquese, etc..-


SALA DE SESIONES. SAN LUIS, 14 DE MAYO DEL AÑO 2003.-




      TARSICIO MONTERO GARCIA                          OSVALDO JULIAN OCHOA                     
              Secretario Legislativo                                              Presidente
      Honorable Concejo Deliberante                 Honorable Concejo Deliberante