Expte. Nº 134-C-91. –
V I S T O :
Que como consecuencia de que a través de muchos años no se realizaron operativos destinados a controlar las condiciones técnicas de los vehículos, vemos que nuestra Ciudad hay gran cantidad de automotores circulando sin cumplir con los requisitos técnicos mínimos, como buenos frenos, luces reglamentarias, paragolpes, etc.,
Que tampoco existe un mecanismo mediante el cual se puede controlar la evasión del pago del impuesto automotor (patente), y;
CONSIDERANDO:
Que nuestro Municipio cuenta con el organismo técnico mediante el cual se pueda controlar todos estos asuntos, cual es la Policía Municipal. –
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
Art.1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal facultará a la Policía Municipal como Órgano técnico y control de la Ordenanza Nº 1.809 / 86. –
Art.2º. A partir de la sanción de la presente Ordenanza, será requisito indispensable para tramitar el carnet de conductor la presentación de un «Libre Deuda del
Impuesto Automotor´´ (patente). –
Art.3º.- Comuníquese, publíquese, etc.-
SALA DE SESIONES EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SAN LUIS, 14 DE OCTUBRE DE 1.991.-
FRANCISCO OSCAR CEJAS DR. ARTURO E. ORTIZ
Secretario Legislativo Presidente Honorable C. Deliberante Honorable C. Deliberante